A menos de un año de la implementación del Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, el gobierno nacional generó las condiciones para que las mujeres con hijas e hijos a cargo, que tienen la edad para jubilarse, pero no cuentan con los aportes necesarios, puedan hacerlo.
En Argentina son muchas las mujeres que dedicaron gran parte de su vida al cuidado y a la crianza de sus hijas e hijos, pero ese tiempo destinado a las tareas de cuidado nunca había sido reconocido. Por eso, el Estado Nacional, implementó el Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado.
Con esta política pública que se puso en marcha en el mes de agosto del 2021, se comenzó a dar respuesta a una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres que destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos.
A menos de un año de su implementación, más de 130 mil madres ya pudieron acceder a su jubilación en todo el país, incorporándose a la protección de la Seguridad Social, marcando, sin dudas, un nuevo piso de derechos para una Argentina más justa e igualitaria.
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:
Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
Además, se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).
Revisá que tus hijas y/o hijos se encuentren registrados en Mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, ingresando a “Información Personal” > “Datos personales y familiares”.
Solicitá un turno para “Asesoramiento por tareas de cuidado” en la web para ser atendida en una oficina de ANSES.
Es muy importante que lleves la siguiente documentación:
Fuente: ANSES