Cuatro hermanos de 16, 14, 13 y 11 años quedarán bajo la tutela de su tío paterno, luego de que la Justicia sanjuanina emitiera un fallo con Perspectiva de Infancia. según la sentencia, su papá deberá pagar una cuota alimentaria a su hermano para que él se encargue de sus cuidados y administrar los medios necesarios para apoyarlo en lo que necesite.
Todo comenzó con la muerte de la mamá de los nenes en el año 2014. Los pequeños quedaron bajo la responsabilidad de su papá, como comúnmente sucede, pero su tutela se vio interrumpida en el año 2019. Es que una vecina denunció que los chicos podían estar en peligro por el conumo de alcohol y drogas por parte de su progenitor.
Luego de la intervención del Estado, le otorgaron la tutela a la tía abuela paterna de los niños. Por las complicaciones en su vida y no poder afrontar el dolor de la pérdida de su mamá, el niño mayor (que en aquel momento tenía 16 años) decidió quitarse la vida, dejando a sus hermanos en situación de crisis emocional.
En el 2021, la tía abuela de los niños falleció, dejando desamparados nuevamente a los cuatro niños restantes. Fue ahí que el tío paterno, una vez que confió la situación a la justicia, confesó que esa mujer también lo había criado como una madre y que ahora tenía la intención de acoger a los niños.
Fue ahí que la jueza Marianela López decidió escucharlos para tomar una decisión. ¿Con quiénes quieren estar? Les consultó antes de firmar un fallo inédito. Los menores decidieron quedarse a vivir con su tío, aunque su papá sigue vivo.
En su fallo dictaminó que «….está claro que los hermanos, luego del fallecimiento de su guardadora necesitan de una figura adulta que pueda acompañarlos y asistirlos a diario, y quien lo ha hecho ha sido su tío”.
Asimismo, expresó que “lo que más me interesaba conocer era la opinión de estos hermanos, que pudieron expresarse en la causa, siendo su derecho poder hacerlo, eso se fundamenta en el art. 12 de la Convención de los Derechos del Niño y en los arts. 3, 24 y 27 de la Ley 26061 (Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes)».
La jueza expresó que “esa opinión fue fundamental para decidir el caso. Por lo que, por ahora, considero que el tío es quien está en mejores condiciones para cuidarlos”, aseguró.
Ahora, el padre debe proveer de una cuota alimentaria a su hermano para cuidar a los niños. El cuidador deberá recibir las asignaciones familiares otorgadas por ANSES y responder ante los derechos y obligaciones parentales.
En cuanto a la cuota alimentaria, la jueza citó al último informe del INDEC en que remarca la suma de $83.507 en una familia tipo (de cuatro integrantes) para no caer en la línea de la pobreza. Por lo cual, ese será el parámetro para disponer de la cuota mensual. Entonces, fijó la suma de $20.000 mensuales para la manutención de los menores, con incrementos semestrales conforme a lo publicado por INDEC.
En tanto, la magistrada especificó que los gastos extraordinarios, como los escolares, serán compartidos entre ambas partes.
Mirá lo que explica la jueza:
FUENTE: con información de El Destape Web